top of page
Buscar

🦺 Tus derechos frente a trabajos peligrosos

  • Foto del escritor: Sebastian Lopez
    Sebastian Lopez
  • 10 nov
  • 1 Min. de lectura

En Chile, los empleadores tienen el deber legal de proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores. Esto no es una cortesía: es una obligación.


Cuando una empresa no cumple sus deberes de seguridad —falta de equipos, condiciones inseguras, ausencia de medidas preventivas— tú no estás obligado a exponerte al peligro.


✅ Derecho a negarte a realizar un trabajo peligroso


El Código del Trabajo, en su artículo 184 bis, señala literalmente:


“Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el trabajador tendrá derecho a interrumpir sus labores y, de ser necesario, abandonar el lugar de trabajo cuando considere, por motivos razonables, que continuar con ellas implica un riesgo grave e inminente para su vida o salud.

El empleador no podrá exigir al trabajador que reanude sus labores mientras persista el riesgo.

El trabajador deberá informar de esta circunstancia a su empleador dentro del plazo más breve posible.”


Este artículo es claro:

✅ Puedes interrumpir tus labores

✅ Puedes abandonar el lugar de trabajo

✅ No pueden obligarte a volver mientras el riesgo continúe

✅ Debes informar lo antes posible


🛡️ Si el empleador no cumple con su deber de seguridad, tú tienes herramientas legales.


En Accidentetrabajando.cl te orientamos en caso de accidentes o enfermedades laborales.

ree

 
 
 

Comentarios


© 2022 por accidentetrabajando.cl

bottom of page